Describe brevemente los conceptos y elementos del delito.
1. La llamada constitución penal se refiere a la suma de todos los elementos objetivos y subjetivos necesarios para determinar el daño social y el grado de una determinada conducta y para constituir un delito según lo estipulado en la legislación penal de mi país. .
2. Los elementos que constituyen un delito se refieren a aquellas características fácticas que son determinantes para la naturaleza de la conducta y su daño social, y son necesarias para que la conducta se convierta en delito. En otras palabras, cualquier delito puede estar indicado por muchos elementos fácticos, pero no todos los elementos fácticos son un elemento del delito.
Específicamente, existe un estándar objetivo sobre si una determinada característica fáctica puede convertirse en un elemento de un delito, es decir, si es significativo para determinar la naturaleza del comportamiento y su daño social, y si Es la conducta indispensable para el delito.
Información ampliada
La Constitución penal se refiere a todos los factores objetivos y necesarios que determinan el daño social y el grado de una determinada conducta de conformidad con lo establecido en la legislación penal de mi país, y que el La conducta constituye un delito. La unidad orgánica de los elementos subjetivos es la base para que el autor asuma la responsabilidad penal. El establecimiento de cualquier delito debe tener cuatro elementos, a saber, el sujeto del delito, los aspectos subjetivos del delito, el objeto del delito y los aspectos objetivos del delito.
Los sujetos delictivos se refieren a personas naturales o unidades que cometen actos que ponen en riesgo a la sociedad y deben asumir responsabilidad penal conforme a la ley.
El aspecto subjetivo del delito se refiere a la actitud psicológica del sujeto delincuente hacia su conducta nociva y sus consecuencias nocivas. La culpabilidad del autor (incluidas la intencionalidad y la negligencia) es un elemento subjetivo que debe estar presente en la constitución de todos los delitos. La constitución de algunos delitos también requiere que el autor tenga subjetivamente un propósito criminal específico.
El objeto del delito se refiere a las relaciones sociales socialistas tuteladas por el derecho penal y vulneradas por el delito.
El aspecto objetivo del delito se refiere a las manifestaciones externas objetivas de las actividades delictivas, incluidas las conductas nocivas y los resultados nocivos. La constitución de algunos delitos específicos exige también que la conducta del autor se produzca en un momento y lugar concretos o dañe un objeto determinado.
La composición de un delito ayuda a distinguir los delitos de los que no son delitos, este delito de aquel delito, y es esencial para combatir los delitos de manera precisa, legal y oportuna, proteger eficazmente los derechos e intereses legítimos de los ciudadanos y garantizar que las personas inocentes no sean castigadas por ser detenidas ilegalmente es de gran importancia.
Enciclopedia Baidu-Composición del crimen