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¿Qué establece el artículo 112 de la Ley de Procedimiento Penal?

El tribunal popular, la fiscalía popular o el órgano de seguridad pública revisarán con prontitud los materiales de los informes de casos, acusaciones, informes y entregas de acuerdo con el ámbito de competencia si se cree que existen hechos delictivos que lo requieran. responsabilidad penal, se archivará la causa, se entiende que cuando no existan hechos delictivos, o los hechos delictivos sean manifiestamente menores y no haya necesidad de perseguir la responsabilidad penal, no se archivará la causa y se notificará al acusador; las razones para no presentar el caso. Quizás no se imagine que muchas cuestiones detalladas en el proceso de los casos penales están estipuladas en la Ley de Procedimiento Penal de nuestro país. En algunos casos penales, el demandante y el acusado sólo entenderán los procedimientos del proceso penal después de participar en la audiencia judicial. No les presentaré hoy el texto completo de la Ley de Procedimiento Penal de nuestro país. Entendamos principalmente qué estipula el artículo 112 de la Ley de Procedimiento Penal.

1. ? El artículo 112 de la Ley de Procedimiento Penal examina y maneja los materiales de presentación de casos y las condiciones para la presentación de informes y materiales de entrega deben revisarse rápidamente de acuerdo con la jurisdicción si se cree que existen hechos delictivos que requieren responsabilidad penal, el caso. debe presentarse; si se cree que no existen hechos delictivos, o los hechos delictivos son obviamente menores y no es necesario investigar la responsabilidad penal, el caso no será investigado y notificará al acusador los motivos de la misma; no presentar un caso. Si el acusador no está satisfecho, podrá solicitar la reconsideración.

2. ¿Cuáles son las condiciones para presentar un caso? (1) Condiciones de hecho, es decir, existen hechos delictivos o sospechosos de delito. La existencia de hechos delictivos se refiere a la existencia de actos delictivos que ponen en peligro a la sociedad y que se prueban mediante pruebas objetivas y reales, incluidas la preparación, ejecución, tentativa, suspensión y consumación del delito. Sin embargo, esto no significa que no existan pruebas para acreditar el delito. la delincuencia debe ser realmente suficiente, pero no debe ser una conclusión extraída por los investigadores de casos basándose en estimaciones y conjeturas. El “hay hechos delictivos” aquí se refiere principalmente a que ha ocurrido un delito, es decir, existen objetos y elementos objetivos del delito mientras que no se identifica el sujeto del delito y los aspectos subjetivos del delito; una condición necesaria para presentar un caso, pero requiere pasos adicionales después de que se presente el caso. Cuestiones por aclarar. Por lo tanto, no se requiere que la prueba en este momento sea suficiente, ni que identifique al perpetrador, ni que determine todos los hechos y circunstancias del caso. (2) Condiciones legales, es decir, la conducta que debe ser investigada por responsabilidad penal debe ser socialmente dañina y punible. Sólo cuando los hechos delictivos realmente requieran que el autor sea investigado por responsabilidad penal, se archivará el caso. El artículo 16 de la Ley de Procedimiento Penal establece que no se perseguirá responsabilidad penal en ninguna de las circunstancias siguientes. 1. Las circunstancias son evidentemente menores y el daño no es grande, por lo que no se considera delito. Al trazar una línea clara entre el delito y la no delincuencia, las personas inocentes quedan protegidas del procesamiento penal. 2. El delito ya ha prescrito. La legislación penal de nuestro país tiene disposiciones claras sobre la prescripción del procesamiento, las cuales deben ser observadas e implementadas durante el proceso de presentación del caso. 3. Los que hayan sido dispensados ​​de pena mediante indulto. La amnistía es una medida del Estado para eximir parcial o totalmente de la pena por determinados delitos o infractores específicos. Los delitos que han sido indultados no deben ser investigados. 4. Para los delitos que se tramitan únicamente mediante denuncia de conformidad con la Ley Penal, no se presenta denuncia o se retira la denuncia. Los casos que se tramitan sólo previa notificación son casos de acusación penal privada, y la víctima tiene autonomía para decidir si persigue la responsabilidad penal del imputado de conformidad con la ley. 5. Fallece el sospechoso o imputado del delito. Si el sospechoso o acusado de un delito muere, la persona que tiene responsabilidad penal ya no existe y no tiene sentido perseguir la responsabilidad penal del fallecido, por lo que el caso no se archivará. 6. Quienes estén exentos de responsabilidad penal en virtud de otras disposiciones legales. Por ejemplo, una persona con una enfermedad mental no será penalmente responsable de las consecuencias perjudiciales que se le produzcan cuando no pueda reconocer o controlar su conducta. Siempre que las circunstancias anteriores concurran en alguna de ellas, se deberá tomar la decisión de no presentar el caso. Si un caso ha sido presentado para investigación, el caso debe ser desestimado en la etapa de investigación; no debe iniciarse ningún proceso en la etapa de procesamiento; el caso debe ser sobreseído o absuelto en la etapa de juicio y el caso debe ser juzgado nuevamente; de conformidad con los procedimientos de supervisión del juicio en la etapa de ejecución. Después de leer la información anterior, sabrá que el artículo 112 de la Ley de Procedimiento Penal regula la revisión del expediente de una causa penal. La Fiscalía Popular, incluido el órgano municipal de seguridad pública, debe revisar los informes de los casos penales presentados. Si no cumple con los requisitos para presentar una demanda contra la parte interesada por cargos penales, el caso no se archivará y los motivos. Por no archivar la causa se informará al interesado El que denunció la causa y el denunciante podrán solicitar la reconsideración si no están conformes con la decisión de archivar la causa.