Víctimas en el sentido del proceso penal
Las partes en un proceso penal incluyen a las víctimas, los imputados, sus defensores y sus representantes legales. Al mismo tiempo, cabe señalar que las personas que están siendo castigadas o que han sido privadas o restringidas de su libertad personal de conformidad con la ley no pueden actuar como defensores.
Objetividad jurídica:
Las "partes" en un litigio se refieren a víctimas, fiscales privados, sospechosos de delitos, demandados, demandantes y demandados en litigios civiles adjuntos. 1. Víctima: La víctima en el proceso penal suele referirse a la víctima en los casos de procesamiento público. (1) De acuerdo con las disposiciones de la Ley de Procedimiento Penal, además de disfrutar de algunos de los derechos de litigio de los que disfrutan otras partes, la víctima también disfruta de algunos derechos de litigio únicos: ① A partir de la fecha en que el caso se transfiere para su revisión y enjuiciamiento, el la víctima tiene derecho a confiar un agente litigante; (2) La persona tiene derecho a denunciar y acusar hechos delictivos o sospechosos de delitos que infrinjan sus derechos personales o de propiedad, y solicitar a las autoridades pertinentes que presenten un caso; el órgano de seguridad se niega a presentar un caso, tiene derecho a conocer los motivos y solicitar una reconsideración; el órgano de seguridad pública debe presentar un caso para investigación sin que la Fiscalía Popular tenga derecho a presentar una denuncia; con la Fiscalía Popular, que solicitará a los órganos de seguridad pública que expliquen los motivos y hagan correcciones. (4) La Fiscalía Popular tiene derecho a presentar una acusación pública ante la Fiscalía Popular del nivel inmediatamente superior, o presentar directamente una demanda ante ella; el Tribunal Popular sin apelación; (5) Si la víctima tiene pruebas que demuestran que el acusado ha violado sus derechos personales o de propiedad y debe ser considerado penalmente responsable según la ley, pero el órgano de seguridad pública o la Fiscalía Popular se niega a procesar al acusado penalmente; responsable, la víctima tiene derecho a presentar una acusación privada ante el Tribunal Popular; 6. Insatisfacción con el caso Si los tribunales populares de todos los niveles dictan sentencia en primera instancia, tienen derecho a solicitar a la Fiscalía Popular que proteste. (2) Obligaciones litigantes de la víctima: ① declarar verazmente los hechos del caso a las autoridades judiciales y de seguridad pública; (2) aceptar citaciones de las autoridades judiciales y de seguridad pública y comparecer ante el tribunal a tiempo; ordenar, aceptar interrogatorios y responder preguntas en el tribunal. 2. Fiscal privado: En un caso de procesamiento privado, una persona que presenta directamente una demanda penal ante el Tribunal Popular en su propio nombre y solicita que el acusado sea penalmente responsable. El fiscal particular asume la función de formular acusaciones. (1) Los principales derechos de litigio de un fiscal privado son: ① Presentar directamente un proceso privado ante el Tribunal Popular; (2) Encomendar un agente de litigio en cualquier momento ③ reconciliarse con el acusado o retirar el proceso privado; (casos específicos); ⑤ participar en investigaciones judiciales y debates judiciales; 6. Solicitar la retirada 7. Después de que el tribunal acepte el caso, si no puede recopilar pruebas por razones objetivas, debe solicitar al tribunal una investigación y recopilación de pruebas; (8) presentar una apelación; ⑨ presentar una demanda civil incidental; ⑩ apelar la sentencia efectiva y solicitar un nuevo juicio; (2) Las principales obligaciones procesales del fiscal privado son: ① El fiscal privado asumirá la carga de la prueba; (2) El fiscal privado asumirá la responsabilidad legal por acusaciones falsas e incriminatorias si fabrica hechos y pruebas; El fiscal privado participará personalmente en el litigio. El artículo 171 de la Ley de Procedimiento Penal estipula además que si un fiscal privado se niega a comparecer ante el tribunal sin motivos justificables después de haber sido citado dos veces de conformidad con la ley, o se retira del tribunal a medio camino sin permiso del tribunal, se desestimará la acusación. 3. Sospechosos de delitos y acusados "sospechosos de delitos" y "acusados" son dos términos para designar a las personas sospechosas de haber cometido delitos y sujetas a proceso penal. En los casos de procesamiento público, antes de que el órgano de la fiscalía presente formalmente un proceso público ante el Tribunal Popular, la persona procesada penalmente se denomina "sospechoso de un delito"; acusado." (1) Situación procesal de los sospechosos y acusados de delitos: ① Los sospechosos y acusados de delitos son litigantes que disfrutan de una serie de derechos procesales y ocupan la condición de partes. ② El sospechoso o acusado tiene un interés directo en el resultado del caso y se encuentra en la posición del acusado. ③Los sospechosos de delitos y los propios acusados también pueden ser fuentes importantes de pruebas. Los derechos procesales de los sospechosos y acusados de delitos pueden dividirse en derechos de defensa y derechos de reparación según su diferente naturaleza y funciones. El derecho de defensa se refiere a los derechos de litigio de los que disfrutan los sospechosos y acusados de delitos para refutar las acusaciones de la fiscalía y contrarrestar el efecto de sus propias acusaciones. El derecho a reparación se refiere al derecho de litigio de un sospechoso o acusado de un delito a solicitar a otra agencia especializada que revise, cambie o revoque el comportamiento, la decisión o el juicio emitido por una agencia estatal especializada.
Si la persona se niega a comparecer ante el tribunal, el Tribunal Popular podrá citarla obligatoriamente. Los derechos y obligaciones en litigio de los sospechosos y acusados de delitos de la unidad son básicamente los mismos que los de los sospechosos y acusados de delitos que son personas físicas. La interpretación del Tribunal Popular Supremo establece las siguientes disposiciones especiales: Los acusados en unidades tienen derecho a confiar un defensor. Los agentes litigantes tienen el deber de comparecer ante el tribunal. Cuando el tribunal popular decide abrir una sesión judicial para aceptar un caso relacionado con un delito cometido por una entidad, notificará al agente litigante de la entidad del demandado para que comparezca ante el tribunal. El representante del litigio de la unidad demandada que reciba la notificación de comparecer ante el tribunal deberá comparecer ante el tribunal. Si una persona se niega a comparecer ante el tribunal, el Tribunal Popular podrá citarla obligatoriamente cuando sea necesario. Los organismos especializados tienen la facultad de tomar medidas obligatorias especiales contra la propiedad unitaria. El Tribunal Popular Supremo explicó el artículo 214: "Para garantizar la ejecución de la sentencia, el tribunal popular podrá en primer lugar embargar o congelar los bienes de la unidad del acusado según las circunstancias específicas del caso, y la unidad del acusado también podrá proporcionar una garantía." (2) La víctima de la unidad es generalmente una persona física, pero las Unidades también pueden convertirse en víctimas. Los derechos y obligaciones procesales de las víctimas unitarias en los procesos penales son básicamente los mismos que los de las personas físicas que son víctimas.